09 sep 2021
Con la llegada el 19 de diciembre de 2019 del III Convenio colectivo estatal de la industria, la tecnología y los servicios del sector del metal, se incluyeron una serie de modificaciones que afectan, entre otros, al plazo de cumplimiento del mismo y a la formación de reciclaje establecida en el II Convenio.
De este modo:
- Se unifican los oficios C5) “Mecanizado por arranque de viruta” y el C6) “Mecanizado por abrasión”.
- Se amplía el plazo de cumplimiento a 4 años. Fecha límite: 1 de octubre 2021.
- Es obligatorio formar un mínimo de 1/4 de la plantilla por año (El anterior convenio exigía formar 1/6 cada semestre).
- Las empresas con convenio propio vigente, firmado antes del 19/6/2017, que se hubieran excluido del CEM, mantendrán dicha exclusión hasta la finalización de su vigencia temporal.
- Las empresas facilitarán a las personas delegadas de prevención la formación de nivel básico de 50 horas.
- Y finalmente, la formación de reciclaje se debe realizar cada 4 años (el anterior convenio establecía cada 3 años).
Por ello, es necesario indicar la importancia de las fechas que se nos avecinan, dado que para el 1 de octubre de este año, todo el personal deberá estar formado según el Anexo II del convenio colectivo estatal de la industria, la tecnología y los servicios del sector del metal y comenzará por tanto también el plazo para reciclar dicha formación.
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